Feminicidio y Violencia de Género en el Perú

El feminicidio y la violencia de género es un tema controversial en el Perú, donde se estima que, según Mendoza (2018), la violencia contra la mujer, especialmente la ejercida por los hombres, ha sido una constante, ellos motivados por falsas ideas de superioridad tratan de dominarlas e imponerse a ellas a cualquier costo, con este propósito: las maltratan de palabra, las privan de recursos económicos, las aíslan de sus familiares, les mutilan sus genitales, las propinan golpes y en muchas ocasiones llegan a extremo de quitarles la vida. Tras un largo proceso de luchas libradas por movimientos feministas internacionales en los años setenta del siglo pasados se hiso estas protestas con la finalidad de hacerse escuchar su vos ante tanta violencia y feminicidios. Hablar de este tema es fundamental porque permite conocer la importancia de los derechos de igualdad y sin discriminación, a llevar una vida libre sin violencia, y acceso a la justicia. Al respecto, Tristán (2005) argumenta que la violencia en contra las mujeres, es un problema que atentan contra la libertad femenina y sus capacidades, las mujeres son vistas como objeto de maltratos trayendo consecuencias a la salud física y emocional. Tristán sostiene que es fundamental analizar las conductas ya que esto es un problema social, económico, político, cultural y también del Estado. En este contexto, considero que la educación, las corrientes feministas y la legislación son importantes, porque pueden romper estereotipos de género, fomentar un gran cambio con leyes que nos representen para llevar una vida digna y con justicia. El propósito de este ensayo es argumentar en favor sobre el papel de la educación, las corrientes feministas y legislación para enfrentar la desigualdad de género y el feminicidio, juegan un papel fundamental el cual promueven valores de igualdad, respeto, visibiliza la lucha de equidad de género y las leyes que son fundamentales para garantizar que se hagan respetar los derechos de las mujeres continuación, presentaré los argumentos que avalan mi postura.

Para empezar, según Quispe etc. al. (2018), el Perú, junto con Colombia, ocupa ‘’el segundo lugar entre los países latinoamericanos con mayor porcentaje de mujeres que alguna vez en su vida han sido víctimas de violencia física por su pareja’’ (p.280). Esto quiere decir que existen un alto porcentaje de violencia debido a que las féminas son atacadas hasta su deceso. Cada año esta cifra de feminicidios va en incremento. Al respecto, yo coincido con los autores. Me parece negativo que la violencia contra las mujeres vaya. en aumento siendo nuestro país Perú uno de los lugares donde se da un mayor porcentaje de feminicidio. Nadie tiene derecho a quitarle la vida a otra persona ni ser víctima de tales agresiones por parte de la pareja o ex pareja. Frente a esto, nos preguntamos lo siguiente: ¿Podría la educación producir cambios para crear una sociedad sana y sin violencia de genero? ¿Qué tan importante sería el campo educativo para poder crear una sociedad con equidad de género?

 Por este motivo, considero que la educación puede generar un gran cambio para crear la igualdad de género y contribuir a la lucha contra el feminicidio. Al respecto Venegas (2010) afirma lo siguiente: ‘’La ley presta especial atención a la educación, para contribuir a la transmisión de valores de respeto a la dignidad de las mujeres y a la igualdad entre hombres y mujeres” (p.397) Es decir que el autor reitera que hay una ley que brinda atención en la educación y este fomenta la igualdad implementando medidas en el ámbito educativo dando a conocer los principios fundamentales para una mejor formación con equidad. Esto quiere decir que, si bien el papel del Estado se encarga de prestar atención para implementar las medidas educativas con el fin de contribuir la igualdad de género, debe asegurarse que cada institución educativa cumpla con ejercerlo. De este modo la igualdad en educación debe ser más que un derecho, un deber. A partir de esto, estoy de acuerdo con esta ley que accede a una mejor atención en cuanto educación, ya que permite identificar y promover la igualdad para una mejor formación educativa entre hombres y mujeres. La idea es que desde la escuela se enseñe los valores y respeto. En el caso de esta ley considero que es fundamental para fomentar que desde las escuelas los niños y niñas tengan conocimiento al respeto y dignidad entre ambos sexos, para así poder crear modelos de conductas aceptables. Frente a esto, nos preguntamos: ¿Es posible que la educación desde niños fomente y contribuya con la formación en un futuro en la igualdad de género? ¿Cree usted que la educación en igualdad de género deba ser un derecho? Al respecto, considero que esta ley está bien especificada a favor de los derechos y a la igualdad en educación. Cada escuela debe prestar especial atención y fomentar valores en los niños para un mejor futuro. Por ello el Estado debe incluir la educación de igualdad no solo como un derecho si no también como un deber para un aprendizaje seguro y equitativo.

Por otro lado, según Jiménez Rodríguez (2011), el femicidio/feminicidio ‘’nace en el marco de la violencia extrema contra las mujeres, como concepto que la visibiliza, y se ha desarrollado con la fundamentación de las corrientes feministas’’ (p.129). Esto quiere decir que, la violencia extrema contra la mujer ha desarrollado acciones como corrientes feministas, Esto debido a los feminicidios y femicidios, considerando todo esto preocupación de los Estados por estos sucesos. Al respecto, coincido con el punto de vista del autor. Me parece positivo que se tome en cuenta el interés y preocupación de la crueldad y el maltrato ante la mujer.  Frente a esto, nos preguntamos lo siguiente: ¿Es acaso un avance importante para poder eliminar la violencia de genero estas organizaciones feministas? ¿Tendrá en un futuro estas corrientes feministas algún logro significativo para combatir la desigualdad de género?

Por este motivo, considero que la lucha de las organizaciones feministas ha sido crucial para visibilizar y erradicar la violencia de género y el feminicidio o femicidio. Al respecto, Solyszko Gomes (2023) afirma lo siguiente: ‘en el campo de las corrientes feministas centradas en la importancia o no de esta reivindicación. Algunas feministas defienden esta propuesta porque consideran que la ley es una herramienta que hace posible la garantía de los derechos humanos de las mujeres’’ (p. 36). Es decir que el autor reitera que en varios países, activistas y corrientes feministas empezaron a visibilizar estos casos. Esto quiere decir que, si bien el Estado con sus leyes da protección a las mujeres. Se sigue luchando para promover reformas legales que reconozcan la violencia de género como un problema grave. De este modo las protestas lo que busca es visibilizar la impunidad que rodea muchos casos de feminicidios todo esto con el objetivo de exigir justicia. A partir de esto, estoy de acuerdo con la información de este artículo, ya que visibiliza la violencia extrema contra las mujeres incluyendo el feminicidio. La idea es que se fomenten el empoderamiento de las mujeres, apoyando sus derechos. En el caso de la violencia de género y feminicidio considero que es fundamental que la sociedad en conjunto se movilice para erradicar estas formas de violencias extremas. Frente a esto, nos preguntamos: ¿Cree que estos actos de feminicidios o femicidios se puedan erradicar con las corrientes feministas? ¿Cree que las organizaciones feministas son utilizadas como estrategias de prevención para reducir la violencia de género? Al respecto, considero que la igualdad de género es fundamental para prevenir el feminicidio y la violencia de género. Cada persona tiene derecho a vivir en un entorno libre de violencia, ya sea física, psicológica, sexual o económica. Por ello el Estado debe de garantizar justicia asegurando que las víctimas reciban protección y apoyo.

Finalmente, según Simón y Parra (2022), el Feminicidio es un ´´delito contra el cuerpo la vida y la salud, está debidamente tipificado en el Código Penal Art. 108, que prescribe 15 años de pena privativa de la libertad’’ (p.5) Esto quiere decir que, según el artículo 108 del código penal, el feminicidio es una falta que tiene pena impuesta de la libertad, el agresor en este caso sea la pareja o ex pareja que cometa actos de violencia tanto física y psicológica contra la cónyuge e incluso causándole la muerte, la sanción será 15 años de condena penal. Al respecto, coincido con los autores. Me párese positivo que las leyes estén impuestas para castigar a los culpables que cometen estos delitos. Es importante tener el conocimiento de las leyes que nos amparan contra la agresión crueldad y feminicidio. Frente a esto, nos preguntamos lo siguiente: ¿Es posible que las leyes del estado puedan sancionar y penalizar toda clase de violencia de genero para dar a la mujer una mejor calidad de vida? ¿Podrían las normas del Estado tener algún impacto significativo ante la violencia de género y el feminicidio?

Por este motivo, considero que el Estado tiene como función brindar normas y leyes para proteger a las mujeres y penalizar la violencia de género y el feminicidio Al respecto, Benavides (2015) afirma lo siguiente: ´´El objeto de la Ley 1257 es la adopción de normas que permitan garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado’’ (p.85). Es decir que el autor reitera que por parte del Estado existen leyes donde se imponen los derechos hacia las victimas para darles una mejor calidad de vida, sin agresión y con plena libertad. Esto quiere decir que si bien el objetivo fundamental de estas normas es de darles protección a las mujeres frente a tantos abusos. El Estado debe asegurarse de que estas normas sean impuestas para una sanción correspondiente. De este modo la violencia de género y el feminicidio tendrían un castigo. A partir de esto, estoy de acuerdo con estas normas impuestas por el Estado, ya que trata de poner freno a los feminicidios y a la violencia de genero. La idea es que el Estado pueda dar garantía a una mujer en caso de abuso, discriminación y a cualquier otro acto de violencia, considerando sus derechos que por Ley les corresponde. En caso del feminicidio y violencia de genero considero que este delito debe ser castigado con todo el peso de la ley. Frente a esto, nos preguntamos: ¿Sera suficiente estas leyes y normas para proteger a las féminas del feminicidio? ¿Sera posible en un futuro terminar con tanta violencia y discriminación para poder vivir con equidad? Al respeto considero que el respeto y los derechos de las mujeres es fundamental ante las leyes. Cada persona tiene derecho a vivir con dignidad con respeto hacia la vida. Por ello el Estado debe hacer cumplir todas estas normas y tomar medidas necesarias frente a estos diferentes delitos.

En conclusión, la educación, las corrientes feministas y la legislación son fundamentales porque, desafían estereotipos, promueven igualdad y fomentan cambios con leyes que nos representen para llevar una vida digna y con justicia. Esto se debe a que el Perú cuenta con leyes que prestan atención en la educación para la igualdad de género como parte de su compromiso y proporciona bases de luchas a las organizaciones feministas. Además, el Estado da protección a las mujeres con sus normas dando así garantías a las féminas para hacer valer sus derechos. Finalmente, estas leyes estas impuestas para castigar los delitos, siendo el objetivo brindarles a ellas una vida libre y sin violencia. Frente a esto, opino que, desde la educación, las corrientes feministas y las leyes del Estado son indispensables porque tienen un propósito, de educar, crear conciencia, crear enfoque sobre las causas y consecuencias de la violencia de género y el feminicidio. Al respecto, Anchante (2022) afirma que, en el Perú, fueron las organizaciones feministas las que iniciaron los primeros estudios sobre el feminicidio, estas investigaciones eran presentadas a las autoridades con el objeto de visibilizar esta problemática. Por ello, se deben tener total conocimiento de las leyes que nos amparan ante la violencia de género y feminicidio. Por el contrario, se debe implementar aún más las medidas educativas con el fin de contribuir la igualdad de género y es Estado debe asegurarse que se cumplan estos regímenes. De este modo, Cada avance en la educación, el activismo feminista y la legislación es un paso importante para formar valores, erradicar la violencia y vivir con equidad.

Autora:

SILVIA PILAR GARCIA SURCO


Referencias:

Anchante Ramos, M.E. (2023) Feminicidio en el Perú, su incorporación en el Código Penal y las deficiencias actuales en su investigación [Tesis para obtener el grado académico de:

Maestría en Derecho Penal y Procesal Penal]. Universidad Cesar Vallejo.

https://repositorio.ucv.edu.pe/handle/20.500.12692/100198

Benavides, F. S. (2015). Feminicidio y derecho penal. Revista Criminalidad, 57 (1): 75-90. http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=s1794-31082015000100006&script=sci_arttext

Jiménez Rodríguez, N. P. (2011) Femicidio/Feminicidio: Una Salida Emergente de las Mujeres

Frente a la Violencia Ejercida en Contra de Ellas. Revista Logos, Ciencia & Tecnología,

3(1), 127-148. https://www.redalyc.org/pdf/5177/517751801011.pdf

Mendoza Quispe, J.F. (2018). Identificación y Reducción de la violencia contra la mujer como forma de reducir el feminicidio en el Perú. [ Tesis para optar el grado académico de

Doctora en Derecho]. Universidad Nacional Federico Villarreal.

https://repositorio.unfv.edu.pe/handle/20.500.13084/2466

 Tristán, F. (2005) La violencia contra la mujer: Feminicidio en el Perú. Centro de la mujer peruana. 1-40. https://assets-compromissoeatitude-ipg.sfo2.digitaloceanspaces.com/

2013/10/FLORATRISTAN_feminicidioperu2005.pdf

Quispe Llanzo, M.L., Curro Urbano, O.M., Delgado, M.C., Ramírez, N.P., Puza Mendoza, G.M & Oyola García, A.E. (2018). Violencia extrema contra la mujer y feminicidio en el Perú.

Revista Cubana Salud Pública. 44(2) 278-294. http://scielo.sld.cu/scielo.php?

script=sci_arttext&pid=S0864-34662018000200278

Venegas, M. (2010). La igualdad de género en la escuela. Revista de la Asociación de Sociología de la Educación.3(3). 388-402. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3655782

Simón Falcon, E.H & Parra Tocre, J.N. (2022). Delito de feminicidio y su relación con la violencia de género en la ciudad de Lima - año 2020 [Tesis para optar el título profesional de abogado]. Universidad San Juan Bautista.

https://repositorio.upsjb.edu.pe/item/39a2c20d-dc66-44c5-8373-c4ff8c997f2e

Solyszko Gomes, I. (2023) Femicidio y feminicidio: Avances para nombrar la expresión letal de la violencia de género contra las mujeres. Géneroos, 20(13), 23-42.

https://revistasacademicas.ucol.mx/index.php/generos/article/view/1278